“ Muchas personas crean una compañía y piensan
que como no han tenido actividad no declaran impuestos, al contrario, tienen
que hacerlo, porque el SENIAT y el
Código Orgánico Tributario
así lo exigen. Tanto las cooperativas como las empresas que no han realizado ninguna
actividad deben hacer la declaración cero. Las faltas o multas pueden ser desde
5 Unidades Tributarias (UT) hasta 50. Lo
más grave es dejar de declarar que puede llegar hasta dos mil UT. Cada UT tiene
un valor de 90 BSF c/u.”
La aseveración fue hecha por
Sergio Daboin, Contador Público y consultor de varias empresas, durante su
participación en el programa 37 de Emprendedores conducido por el periodista
Andrés Salazar.
En
cuanto a la importancia de hacer la declaración de impuesto, dijo Daboin que las
empresas tienen la oportunidad de
reflejar sus ingresos al final de cada año, los cuales son reportados al SENIAT
a través de los impuestos, los cuales sirven
para financiar los servicios y las obras de carácter general, que debe
proporcionar el estado a la sociedad. “Entre estos servicios destacan la
educación, la salud, la seguridad, la justicia y las obras de bien para la
ciudadanía en materia de infraestructura, lo relativo a la vialidad nacional y
la infraestructura comunal”.
¿Cuáles son los impuestos directos y los
indirectos?
“Impuesto
directo es el tributo que grava a los
ingresos y el patrimonio de una persona (ISLR). La mayoría son progresivos ya
que su importe va en función de la renta y el patrimonio de quien lo abona. El indirecto
es el tributo que grava la circulación de bienes y servicios (El IVA). Su tipo
impositivo es constante, es decir, su importe no varía en función de la
economía de cada persona”.
¿Qué se necesita para hacer la
declaración de impuestos?
“Se
requiere que la empresa realice el cierre contable, para realizar los ajustes,
reclasificaciones contables, que son
modificaciones que se hacen a las distintas cuentas en sus asientos, por lo
general, los registros de cuentas por pagar. La
declaración de impuesto se prepara con los estados financieros al cierre del
ejercicio, y los resultados arrojados en el mismo cierre, una vez realizado los
ajustes y reclasificaciones a que den lugar al igual que el ajuste por
inflación a nivel fiscal, donde este ajuste puede dar ganancia o perdida
fiscal, que es distinto a la ganancia y/o perdida contable.
Una vez que tengo mis estados
financieros, los ajusto a las normas DPCGA
(Declaraciones de Principios Contabilidad Generalmente Aceptados) y debo presentarlos
por la DPC10, declaración ajustada por
inflación, el valor real que representan los estados financieros en un momento
determinado y es obligatorio para poder hacer la declaración del ISLR . El DPC10
fiscal puede ayudar a una empresa a declarar ganancias o pérdidas fiscales”.
¿Cuál es la Fecha para la declaración y
donde la puedo hacer?
“La
fecha tope de declaración de impuesto sobre la renta depende de cuando sea su cierre contable, por lo
general la gran mayorías de empresas cierran el 31 de diciembre, se tiene hasta
90 días de haber realizado dicho cierre, por ejemplo, si una empresa cierra el
31 de diciembre de cada año, tiene hasta el 31 de marzo para declarar. Ahora
donde puedo hacer la declaración, se debe realizar en el portar del seniat,
previamente inscrito y registrados, y los pagos deben realizarse en los bancos
permisados.”
¿Quienes están obligados a declarar y
pagar impuestos?
“Las
Personas Naturales, residentes en el país que devenguen sueldos
anuales superiores a 1.000 Unidades Tributarias (U.T.), ( nueve mil bolívares
fuertes mensuales durante el 2012), residentes en el país que sean comerciantes
o profesionales en libre ejercicio y las herencias yacentes, que obtengan
ingresos anuales superiores a 1.500 U.T. o enriquecimientos netos mayores a
1.000 U.T, las personas naturales dedicadas a las actividades agrícolas,
pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario con obtención de ingresos
brutos mayores de 2.625 U.T. Los no residentes en el país cualquiera sea el
monto de sus enriquecimientos o pérdidas obtenidas en Venezuela. Las personas
naturales residenciadas en el extranjero, que tengan una base fija permanente
en el país, sólo por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a
los mismos.
Las
Personas Jurídicas por sus enriquecimientos o pérdidas
cualquiera sea su monto; Compañías anónimas, Sociedades de responsabilidad
limitada, Sociedades en nombre colectivo o en comandita simple, Sociedades de
personas, irregulares o de hecho, Comunidades, Titulares de enriquecimientos
por actividades de hidrocarburos y conexas, Asociaciones, fundaciones y
corporaciones, Establecimientos permanentes, centros o bases fijas, Empresas
propiedad de la Nación, los estados y los municipios.
Existen
desgravámenes con soporte y lo que establece la ley en el articulo 61, 774 UT, que nos ampara
para declarar, y que la rebajamos de los hijos hasta 25 años y como persona
natural tengo una rebaja de diez UT.
Hay
una excepción con las cooperativas pero tienen que solicitarlo ante el SENIAT.
la máxima autoridad es quien debe autorizar la excepción. Son deberes formales
cuyo incumplimiento es sancionado.
Toda
persona que devengue más de mil UT tiene que declarar. Los profesionales de
libre ejercicio tenemos que estar atentos con las retenciones (Decreto 1808),
las cuales podemos aprovechar en nuestra declaración ya que significa un 3%.
También debe tener facturas con las especificaciones”.
Durante
el programa, Sergio Daboin informó que existe una empresa ubicada en la ciudad
de Anaco, estado Anzoátegui, que
requiere los servicios de un
administrador, y los interesados pueden hacer contacto a través de sus
cuentas de correo: sdaboin66@ hotmail y/o
sdaboin66@gmail.
Debido
a su actividad como consultor de empresas, Daboin creó una especie de bolsa de
trabajo, que nació como un medio de permitir a otros profesionales,
independizarse y por lo general, siempre anda a la caza de talentos.
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